Cnel. Rosales: nuevas medidas para prevención de COVID-19

Esta tarde, martes 17 de marzo, el intendente Mariano Uset, en el marco de las reuniones diarias del Comité de Crisis, decidió ampliar los alcances del Decreto 117/20, con nuevas medidas y restricciones para la prevención de la propagación del COVID-19.

Entre las más destacadas, se suspende el vencimiento de licencias de conducir por 60 días (aquellas cuyo vencimiento estén entre 15/2/2020 y el 1/4/2020), se dispuso el cierre total de toda actividad comercial desde las 21hs hasta las 6am, a excepción de hospitales, servicios médicos, farmacias, taxis/remises, estaciones de servicio (solo expendio de combustible) y se permitirá a los locales de gastronomía expender por servicio de delivery o retiro en el local, hasta las 23.30hs.

Además, se suspenden todos los turnos y cirugías programadas en Salas médicas y el Hospital Municipal Eva Perón. Se atenderán solamente urgencias y/o emergencias.

En las oficinas públicas municipales se priorizará la atención telefónica y por correo electrónico, salvo urgencias. Se permitirá el ingreso de público a las dependencias del Municipio sólo de a 2 personas a la vez.

Se suspenden plazos administrativos y audiencias del juzgado de faltas – OMIC y junta evaluadora de discapacidad.

Asimismo, se dispone el cierre total de locales bailables, gimnasios, natatorios, canchas para la práctica de cualquier disciplina, clubes, fundaciones, ONG´s, salones de fiestas, peloteros, iglesias, templos, centros de enseñanza privada, cines, teatros, sala de juegos, eventos, sociedades de fomento, centro de jubilados y residentes, y todo lugar de concentración de personas.

También, se fijaron restricciones para los servicios fúnebres, con un máximo de duración de 3 horas, quedando limitado el acceso a la sala de un máximo de 4 personas debiendo, en todos los casos, hacerse a cajón cerrado.

Para el caso de los empleados del Estado Municipal, se dispuso otorgarse una licencia excepcional a todos aquellos que estén abarcados dentro de los considerados grupos de riesgo, personas mayores de 60 años, embarazadas y quienes convivan con personas que hubieren estado en países considerados de riesgo. Además, mientras dure la suspensión de clases, se considerará justificada la inasistencia del progenitor/a o persona adulta responsable a cargo cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño/a o adolescente, podrá acogerse a esta dispensa solo un progenitor o persona responsable por hogar.

Todas las medidas adoptadas, se encontrarán vigentes hasta el 31 de marzo de 2.020 pudiendo ser prorrogadas o ampliadas conforme la evolución de la situación de emergencia sanitaria.

Además, se restringe el acceso a nuestra localidad, exceptuando a residentes, propietarios de residencias, proveedores y cuentapropistas.

El artículo 16 del decreto, establece expresamente que en caso de incumplimiento total o parcial de las disposiciones previstas, se procederá a la clausura preventiva y provisoria hasta el cese de la emergencia sanitaria imperante y su eventual prórroga del establecimiento o comercio pertinente incurriendo el/los infractor/es, a los efectos de la graduación de la sanción definitiva que correspondiere, en falta grave, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades y sanciones que pudieran corresponder por aplicación del Código Penal de la Nación, del Código de Faltas Municipal y de las demás leyes o normas pertinentes y aplicables.

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Redacción RN

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